viernes, abril 19, 2024

Admite SCJN acción de inconstitucionalidad contra revocación de mandato

Por Eduardo Yañez

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad que promovieron 200 diputados de oposición contra la revocación de mandato.

En su escrito, los legisladores solicitaron declarar la invalidez de los artículos 13, 19, 32, 36, 41, 42 y 59; así como, cuarto y quinto transitorios la Ley Federal de Revocación de Mandato publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de septiembre de 2021.

No obstante, el Alto Tribunal rechazó la petición de los congresistas para que este “asunto se substancie y resuelva de manera prioritaria”.

Al respecto, argumentó que el artículo 9 bis de la ley reglamentaria de la materia, si bien prevé la figura de atención prioritaria de las controversias constitucionales y de las acciones de inconstitucionalidad cuando exista urgencia atendiendo al interés social o al orden público, lo cierto es que únicamente puede ser solicitado por los presidentes de las Cámaras del Congreso de la Unión, y por el Ejecutivo Federal, por conducto de su Consejero Jurídico, ante el presidente de la Corte, sin modificar de ningún modo los plazos previstos en la ley.

La SCJN dio un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al que surta efectos la notificación, para que el Congreso y el Poder Ejecutivo rindan su informe y remitan copia certificada de los antecedentes legislativos del decreto impugnado, incluyendo las iniciativas, los dictámenes de las comisiones correspondientes, las actas de las sesiones en las que se hayan aprobado, en las que conste las votaciones de los integrantes de ese órgano legislativo, y los diarios de debates.

Asimismo, deberán enviar un ejemplar o copia certificada del Diario Oficial de la Federación en el que se haya publicado el decreto controvertido, en caso de no cumplir con lo ordenado, se les aplicará una multa.