Por Diana Salas
Fue emitió una resolución con efectos generales, para beneficiar a las internas y a sus hijos que se encuentran en el penal federal femenil en el estado de Morelos.
Tendrán que tener una médica especialista en ginecología, para garantizar la atención oportuna de las mujeres, mientras que a los menores se le deberá dar atención pediátrica de forma periódica.
Si las internas no puedan ser atendidas por una especialista, con el ginecólogo del sexo masculino deberá estar presente personal penitenciario del sexo femenino.
Lo anterior, porque una interna privada de su libertad impugnó que las autoridades carcelarias no le proporcionaban a su hijo atención médica pediátrica.
Tampoco productos de limpieza, ni un colchón para el niño. Mientras que, para ella, alegó la falta de atención especializada de ginecología de forma permanente.
El Tribunal Colegiado de Apelación con sede en Morelos determinó modificar la resolución dictada en primera instancia y ordenó que las autoridades carcelarias brinden a la mujer de manera periódica atención ginecológica y a su hijo atención pediátrica.
“…la autoridad penitenciaria en coordinación con autoridades del sector salud deberán establecer ante la jueza de Distrito de Ejecución, la forma y términos en que darán cumplimiento a la presente determinación, en términos de lo dispuesto en el artículo 128 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, para lo cual, dicha juzgadora convocará a dichas autoridades a una audiencia a fin de establecer un calendario para la instrumentación y cumplimiento de lo aquí determinado, el cual no podrá exceder del plazo de tres meses…
“Del mismo modo, para los niños y niñas que viven con sus progenitoras que se encuentran internas en el Centro Federal de Readaptación Social Número 16 ‘CPS FemenilMorelos’, debe priorizarse su revisión periódica por pediatras a fin de llevar a cabo un control sobre la salud de los mismos, con la periodicidad necesaria que permita garantizar la salud”, se indica el el dictamen.