viernes, octubre 18, 2024

CORTE DECLARA IMPROCEDENTE RECURSO DE SENER QUE FRENÓ EL ESTUDIO DE AMPAROS CONTRA LA LEY DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA

Por Pablo Daniel N

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró improcedentes los impedimentos presentados por la Secretaría de Energía (Sener), los cuales buscaban evitar que dos ministros votaran en proyectos de sentencia donde se espera que se concedan los primeros amparos a empresas que impugnaron la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).

En septiembre pasado, la Sener presentó los impedimentos, lo que impidió que los ministros Luis María Aguilar Morales y Alberto Pérez Dayán emitieran su voto sobre los amparos en revisión 106/2023 y 164/2023, que estaban programados para ser discutidos ese mismo mes en la Segunda Sala de la Corte.

El argumento de la Secretaría de Energía era que ambos ministros son miembros del Instituto Mexicano del Amparo, el cual promovió los juicios contra la LIE, lo que ponía en duda su imparcialidad.

Hoy, por propuesta de la ministra Margarita Ríos Farjat, la Primera Sala de la Corte declaró por unanimidad la improcedencia de los recursos presentados por la Secretaría de Energía.

Con esta resolución, se espera que la Segunda Sala de la Corte pueda retomar los amparos en revisión y discutirlos en fechas próximas.

De acuerdo con precedentes, se prevé que los ministros mencionados, Luis María Aguilar Morales, Alberto Pérez Dayán y Javier Laynez Potisek, se pronuncien a favor de conceder la protección de la justicia a las empresas demandantes. Por otro lado, se espera que las ministras Yasmín EsquiveL Mossa y Lenia Batres Guadarrama emitan votos en contra.

Cabe mencionar que el 7 de abril de 2022, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación desestimó la acción de inconstitucionalidad presentada por senadores de oposición contra la Ley de la Industria Eléctrica, ya que no se alcanzaron los ocho votos necesarios para declararla inconstitucional, a pesar de que una mayoría de ministros se pronunció en contra del estatuto.

Dado que la ley sigue vigente, las empresas han recurrido a los amparos para evitar que se les aplique dicha legislación.

Los amparos en revisión corresponden a las compañías Recursos Solares PV de México IV y Eléctrica del Valle de México.