viernes, octubre 18, 2024

CORTE AMPARA INDÍGENAS RARÁMURIS

Por Pablo Daniel N

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo a la comunidad indígena El Trigo, ubicada en el municipio de Uruachi, Chihuahua.

Dicha sentencia anula cuatro títulos de concesión de uso industrial de agua otorgados a las empresas mineras Coeur Mexicana y El Fresnillo, debido a la falta de consulta previa con los habitantes de la región.

Por unanimidad, los ministros respaldaron el proyecto de sentencia presentado por la ministra Margarita Ríos Farjat, quien propuso brindar protección judicial a los demandantes.

La comunidad indígena rarámuri impugnó un Decreto que eliminaba las zonas de veda de la Subregión Hidrológica del Río Fuerte y establecía zonas de reserva para el uso industrial y urbano del agua.

En respuesta, la comunidad presentó un amparo contra el Decreto y los cuatro títulos de concesión otorgados a las empresas mencionadas para el aprovechamiento industrial del agua.

Es importante destacar que la comunidad rarámuri depende del agua y los alimentos provenientes de uno de los ríos de esa red hidrológica, además de considerar el lugar como un sitio de importancia espiritual.

El principal argumento presentado en el amparo fue que las autoridades debieron consultar a la comunidad indígena antes de emitir el Decreto, y que los actos impugnados vulneraban su derecho al territorio indígena en relación con el uso preferente de los recursos naturales existentes, así como el derecho al agua y a un medio ambiente sano.

En primera instancia, la jueza de Distrito decidió no abordar el fondo del asunto al considerar que la comunidad indígena no tenía interés para presentar su reclamo, ya que los títulos de concesión no afectaban su ámbito jurídico al no encontrarse en su territorio.

El caso llegó a la Corte y se determinó que era competente para analizar si el Decreto y las concesiones afectaban a la comunidad indígena y si debía haber existido una consulta previa a la emisión de dichos actos.

El proyecto aprobado ordena dejar sin efecto el Decreto y los títulos de concesión otorgados a las empresas mineras.