domingo, septiembre 8, 2024

Opinión

Reforma judicial va, ¿seguridad y justicia?

Ricardo Peralta Saucedo

Los principales objetivos de la reforma al Poder Judicial, propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador y avalada por la virtual presidenta electa, Claudia Sheinbaum Pardo, son disminuir de 11 a 9 integrantes la Suprema Corte de Justicia de la Nación; la duración en el cargo de 15 a 12 años; la eliminación de las dos salas para sólo sesionar en el pleno de manera pública; la eliminación de la pensión vitalicia para ministras y ministros en retiro y futuros; así como ajustar sus remuneraciones al tope salarial del Presidente de la República.

La elección por voto popular de ministras y ministros, magistradas y magistrados, y jueces y juezas es, sin duda, una de las propuestas más polémicas en las que se plantean 10 candidaturas enviadas por el Poder Ejecutivo, 10 por el Poder Legislativo (cinco de la Cámara de Diputados y cinco del Senado), y 10 perfiles del Poder Judicial.

Los 1,633 magistradas y magistrados, jueces y juezas se elegirán en cada uno de los 32 circuitos judiciales. El Senado de la República verificará que las candidaturas cumplan con los requisitos de ley y el Instituto Nacional de Elecciones y Consultas (INEC) organizará la elección. Las campañas durarán 60 días, no se permitirá el financiamiento público o privado y las personas aspirantes tendrán acceso a tiempos de radio y televisión oficiales para difundir sus propuestas. Los partidos políticos no podrán realizar proselitismo en favor de ningún candidato o candidata.

Así, se propone también la sustitución del Consejo de la Judicatura Federal por el Tribunal de Disciplina Judicial y el Órgano de Administración Judicial.

Se busca que el Poder Judicial tenga nuevas reglas procesales, haciendo la justicia más expedita, estableciendo un máximo de 6 meses para la resolución de asuntos en materia fiscal y 1 año en materia penal; se prohibirá otorgar suspensiones contra leyes con efectos generales en amparos, controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad; los poderes judiciales locales establecerán sus propias reglas para la elección de magistraturas, jueces y juezas. En síntesis, esta reforma pretende impulsar un nuevo paradigma que rompe con el origen establecido en la Constitución de 1824, que en su momento fue la base de las distintas denominaciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, donde incluso hubo un tiempo en el que estuvo por encima de todos los Poderes del Estado, su reforma se adapta a los nuevos tiempos.

Esta condición institucional obliga a plantearse la necesidad de hacer una reforma integral a los Sistemas de Seguridad Nacional, Pública e Interior, así como a la figura de las Fiscalías en todo el país. La liga indisoluble entre un primer respondiente, que podría ser el primer eslabón, hasta la emisión de una sentencia judicial, no puede obviarse como si el sistema de justicia federal en el país fuera un islote de la justicia cotidiana, y las condiciones en las que las distintas nomenclaturas de instituciones de seguridad del país no terminan de adaptar su legislación y operación en una armonización federal; lo mismo ocurre con la procuración de justicia, donde la transformación en fiscalías ha traído condiciones de operación y de relación institucional muy complejas, con casos ejemplares donde los fiscales generales, más que autónomos, se conducen como independientes, creando en ocasiones un entorno de ingobernabilidad, por lo que tendrían que vincularse con la histórica reforma judicial.

Las policías estatales y municipales, la justicia cívica, los ministerios públicos del fuero común, servicios periciales y todo el sistema administrativo, previo al judicial, requieren también de una visión global que permita aprovechar la gran reforma para integrarlas al entorno que se pretende modificar, más allá de la reforma judicial, una reforma de justicia al alcance de todas y todos los mexicanos.