sábado, julio 27, 2024

JESÚS MURILLO KARAM OBTIENE PRISIÓN DOMICILIARIA: RESOLUCIÓN TRIBUNAL FEDERAL

Por: Esrhela Hernández

El ex procurador general de la República, Jesús Murillo Karam, ha obtenido una suspensión provisional que le permitirá enfrentar sus procesos legales desde casa, según resolvió el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito en su sesión de hoy.

La revisión incidental 28/2024, presentada por Murillo Karam, se relaciona con las acusaciones de tortura presuntamente infligidas a Felipe Rodríguez Salgado, alias “El Cepillo”. Salgado, identificado como sicario de Guerreros Unidos, fue señalado como uno de los responsables de la desaparición de los 43 estudiantes de Ayotzinapa.

En noviembre del año pasado, la medida cautelar original impuesta a Murillo Karam fue modificada por José Rivas González, juez del Centro de Justicia Penal Federal en el Reclusorio Norte. Esta decisión se relaciona con los cargos de desaparición forzada, tortura y contra la administración de la justicia que enfrenta el ex funcionario, todos derivados del caso Ayotzinapa.

Tras la resolución de hoy, no existen impedimentos para que Murillo Karam regrese a su hogar. Cabe mencionar que el ex funcionario solicitó una modificación similar de su medida cautelar en el Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Sur. Sin embargo, su solicitud de prisión domiciliaria fue negada en esa ocasión.

El Primer Tribunal Colegiado argumentó que el artículo 166 del Código Nacional de Procedimientos Penales permite que la prisión preventiva se ejecute en el domicilio del acusado o en un centro médico o geriátrico, si el imputado tiene más de 70 años o padece una enfermedad grave. En el caso de Murillo Karam, que tiene más de 75 años y está gravemente enfermo, se consideró que estos criterios se cumplían.

El Tribunal estipuló que el cambio de lugar de detención no implica un riesgo de fuga y que el juez original se equivocó al negar la prisión domiciliaria. Se hizo hincapié en que el cambio de medida no implica la libertad de Murillo Karam, sino simplemente una redefinición del lugar de cumplimiento de su condena.

Por lo tanto, los magistrados han decidido modificar la resolución original, indicando al juez de control que Murillo Karam tiene derecho a cumplir su prisión preventiva justificada en su domicilio, siempre que se establezcan medidas de control adecuadas para asegurar su cumplimiento. Este proceso se llevará a cabo a través de un debate en audiencia pública.